El activo intangible tiene que estar a nombre correcto.
Registro, contrato y política interna alineados para que marca, código y base de datos pertenezcan de hecho a la empresa y sobrevivan a un due diligence.
Marcas y portafolio
Búsqueda de antecedentes, registro ante el INPI, oposición y vigilancia de portafolio en Brasil y en el exterior.
Software y derecho de autor
Titularidad del código, aportes de terceros y proveedores, registro y protección de bases de datos.
Licenciamiento y contratos de tecnología
SaaS, licencia, distribución, niveles de servicio, uso de datos y responsabilidad, incluidas cláusulas de IA.
Transferencia de tecnología
Inscripción ante el INPI, regalías, deducibilidad y remesas al exterior.
Preguntas que llegan primero
¿De quién es el código escrito por un proveedor?
Sin cláusula expresa de cesión, no es de la empresa. Lo corregimos en contrato y, si hace falta, con cesión retroactiva.
¿Conviene registrar el software?
Sirve como prueba de anterioridad y en due diligence. No sustituye el contrato con quien escribió el código.
¿Cómo tratar la IA en el contrato?
Titularidad del output, uso de datos del cliente para entrenamiento y responsabilidad por error: los tres puntos que deciden la negociación.
¿La marca registrada garantiza el dominio?
No automáticamente, pero fundamenta la recuperación del dominio y la oposición a usos de terceros.